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RESOLUCION de 6 de febrero de 2004, de la Presidencia del Instituto Aragonés del Agua, sobre delegación de competencias en el Director del Instituto Aragonés del Agua.

Publicado el 29/03/2004 (Nº 37)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

RESOLUCION de 6 de febrero de 2004, de la Presidencia del Instituto Aragonés del Agua, sobre delegación de competencias en el Director del Instituto Aragonés del Agua.

El Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece en su Disposición Adicional Decimotercera que corresponde a los presidentes o directores de los organismos públicos correspondientes formalizar a través de encargos de ejecución la gestión de actuaciones de competencia de los organismos públicos de la Administración autonómica, por parte de empresas públicas cuyo capital pertenezca íntegramente a la Administración de la Comunidad Autónoma.

El artículo 42 de la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón establece que, como órganos de gobierno, el Instituto Aragonés del Agua tendrá a su frente un Presidente, un Director del Instituto, un Director de la Oficina y un Consejo de Dirección.

Con el objeto de dar una mayor efectividad a la actuación del Departamento, procede delegar la competencia relativa a la formalización de los encargos de ejecución a empresas públicas en el Director del Instituto Aragonés del Agua.

Por cuanto antecede, dispongo:

Primero.-Delegar en el Director del Instituto Aragonés del Agua la facultad de formalizar encargos de ejecución a empresas públicas cuyo capital pertenezca íntegramente a la Administración de la Comunidad Autónoma para la gestión de actuaciones que sean competencia del Instituto Aragonés del Agua con los límites establecidos en la Disposición Adicional Decimotercera del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.-El ejercicio de la competencia delegada por la presente Resolución se ajustará a lo dispuesto en los artículos 34, 35 y 37 del texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.-Esta Resolución comenzará a surtir efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 6 de febrero de 2004.

El Presidente del Instituto Aragonés

del Agua, ALFREDO BONE PUEYO